10. POLÍTICA DE DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS DE INTERNET CON FINES DE INVESTIGACIÓN Y EXPERIMENTACIÓN

Notas importantes:

La versión autoritativa del Manual de Políticas es el documento PDF que se encuentra alojado en esta página. La versión web es una herramienta para facilitar la consulta de las secciones del Manual de manera más ágil.

En caso de conflicto entre la versión web y la versión en PDF del Manual, el Manual en PDF prevalecerá.

­El presente documento y/o información ha sido redactado en idioma español, en virtud de que el mismo es el idioma oficial en Uruguay, país en donde LACNIC se encuentra establecida y cuyas regulaciones debe cumplir. Asimismo, los documentos y/o informaciones no oficiales también son escritos en español, en virtud de que es el idioma en que se comunican y trabajan la mayoría de los asesores y funcionarios de LACNIC. No obstante lo cual, realizamos nuestros mejores esfuerzos para que la traducción del mismo sea fehaciente y constituya una guía para nuestros asociados no hispanoparlantes, sin embargo puede que existan discrepancias entre la misma y el documento y/o información original redactado en español. En cualquier caso prevalecerá siempre el texto original redactado en español.

LACNIC realizará distribuciones experimentales con el objetivo de fomentar la investigación y desarrollo en la región. Estas distribuciones abarcarán todos los recursos que LACNIC posee (direcciones IPv4, IPv6, ASN).

LACNIC fomentará el uso de recursos privados (cuando sea posible), tanto para direcciones IPv4 (RFC 1918), como para ASN (64512 -65535).

Para poder recibir una distribución inicial, el experimento deberá cumplir con una de las siguientes condiciones:

  • Estar basado en un RFC de la IETF con categoría experimental.
  • Ser considerado por parte de LACNIC y especialistas externos en el tema como favorable para el desarrollo de la región y la tecnología en general.

Para poder obtener una distribución experimental, el solicitante deberá:

  • Enviar inicialmente toda la información del experimento que LACNIC y los especialistas externos en el tema considere necesaria de forma de evaluar la solicitud. LACNIC publicará la información referente a la solicitud en una página Web pública (a definir por LACNIC) y anunciará la existencia de la solicitud a través de una lista de correo de suscripción abierta (a definir por LACNIC). LACNIC esperará un plazo de 30 días antes de realizar la distribución para recibir comentarios de la comunidad.
  • Utilizar sólo los recursos distribuidos para los fines detallados en la información remitida a LACNIC.
  • No utilizar la distribución con fines comerciales.
  • Los resultados del experimento deben estar en una página Web públicamente accesible (sin controles de acceso). Existirá un enlace desde la página de LACNIC.
  • Presentar un informe anual a LACNIC sobre el avance del experimento. Los informes podrán ser difundidos por LACNIC en sus foros, listas de correos, website y cualquier otra forma de difusión que entienda pertinente, respetando la fuente del mismo.
  • Ingresar la información de redistribución en la base de datos WHOIS de LACNIC.
  • Mantener al día la resolución inversa de los bloques distribuidos.
  • El no cumplimiento de estas condiciones puede acarrear la revocación de la distribución correspondiente.

Los bloques mínimos de distribución estarán restringidos por las políticas de microasignaciones (tanto para IPv4 como para IPv6).

Si bien no existe un tamaño máximo de distribución, LACNIC deberá asignar recursos de forma de asegurar su operación normal.

En el estudio inicial el staff de LACNIC determinará los recursos a asignar.

La distribución experimental tendrá una duración de un año renovable sucesivamente por igual período, sin un máximo estipulado. Para la renovación se considerará el informe anual presentado.

En el momento de la renovación será posible solicitar recursos adicionales. La evaluación se realizará considerando el cumplimiento de los puntos detallados anteriormente, junto con la documentación adicional presentada por el solicitante.

LACNIC publicará la información referente a la solicitud de recursos adicionales en una página Web pública (a definir por LACNIC) y anunciará la existencia de dicha solicitud a través de una lista de correo de suscripción abierta (a definir por LACNIC). LACNIC esperará un plazo de 15 días antes de realizar la distribución de recursos adicionales para recibir comentarios de la comunidad.