Código de Ética de LACNIC

Introducción 

LACNIC es la organización que administra los recursos de numeración de Internet para América Latina y el Caribe, comprometida con la excelencia, el liderazgo, la pertenencia y el servicio a la comunidad, el desarrollo, la equidad, la participación y la honestidad. 

Objetivo 

El Código de Ética de LACNIC describe los principales valores y políticas que rigen las actividades de la organización y ofrece un marco de referencia y criterios orientadores sobre conducta profesional en cinco áreas: 

  • Responsabilidades 
  • Representación frente a terceros 
  • Trato equitativo 
  • Confidencialidad 
  • Incompatibilidades 

Ámbito de Aplicación 

El Código de Ética aplica a todos los colaboradores, gerentes y miembros del Directorio de LACNIC, independientemente de su nivel jerárquico y ubicación geográfica o funcional, y se extiende a sus asociados y proveedores en los casos que así se indica. 

Responsabilidades 

Cumplimiento de normas jurídicas y reglamentos internos 

LACNIC, sus colaboradores, gerentes y miembros de su Directorio deben cumplir y respetar el ordenamiento jurídico de los países de su área de actuación, así como la normativa o reglamentación interna que sea aplicable a la actividad que desarrollan. 

La reglamentación interna incluye el Código de Conducta de Comunidad de LACNIC y cualquier actualización/evolución de dicho documento. 

Propiedad Intelectual

Toda creación intelectual generada o desarrollada por colaboradores, gerentes y miembros del Directorio, en el ejercicio de su función o cargo en LACNIC, será de propiedad de LACNIC o de quien esta designe, quedando cedidos todos los derechos patrimoniales y de uso correspondientes. 

Protección de bienes y recursos 

Colaboradores, gerentes y miembros del Directorio actuarán siempre en el mejor interés de LACNIC, salvaguardando y utilizando adecuadamente los bienes y recursos pertenecientes a la organización que estén bajo su control, evitando su uso en beneficio propio, de terceros o en acciones que puedan reportar perjuicios. 

Precisión y protección de la información 

LACNIC registra, mantiene, respeta y protege adecuadamente toda la información y los datos generados, utilizados y manejados en su operativa, en forma rigurosa, precisa, exacta, completa y de acuerdo a las normas y principios aplicables. 

Representación frente a terceros 

Reputación, comparecencia en público, entrevistas y publicaciones 

Toda comunicación de y sobre LACNIC deberá efectuarse por parte de los miembros de su Directorio, la Dirección Ejecutiva o quienes estos designen. 

La información que se divulgue no debe afectar derechos de terceros ni representar riesgos para LACNIC, sus asociados, proveedores, colaboradores, gerentes o miembros de su Directorio. 

Proveedores 

LACNIC adquiere todos los bienes y servicios que insume su actividad sobre la base del precio y la calidad, fomentando relaciones basadas en el respeto, la equidad y la transparencia mutua y evitando relaciones de exclusividad, salvo en situaciones excepcionales expresamente autorizadas por el Directorio o la Dirección Ejecutiva. 

Trato equitativo 

LACNIC promueve el trato equitativo y garantiza el ejercicio de sus derechos a todos sus asociados, proveedores, colaboradores, gerentes y miembros de su Directorio.

Discriminación 

LACNIC no tolerará ningún tipo de trato discriminatorio, incluyendo pero no limitado a discriminación por condición de género, origen étnico, nacionalidad, origen social, edad, estado civil, orientación sexual, ideología, opiniones políticas, religión, habilidad mental o física, o cualquier otra condición personal, física o social de sus asociados, proveedores, colaboradores, gerentes o miembros de su Directorio. 

Acoso 

LACNIC promueve un ambiente de trabajo y de relacionamiento con terceros libre de manifestaciones de violencia, acoso físico, sexual, psicológico, moral o de cualquier otro tipo, así como abuso de autoridad u otra conducta que genere un entorno intimidatorio u ofensivo para los derechos de sus asociados, proveedores, colaboradores, gerentes o miembros de su Directorio. 

Confidencialidad 

LACNIC se compromete a guardar y mantener en reserva toda información confidencial acerca de sus asociados, proveedores, colaboradores, gerentes y miembros de su Directorio. 

Esta obligación tendrá vigencia para colaboradores, gerentes y miembros del Directorio aún después de finalizada su relación con LACNIC. 

Incompatibilidades 

Transacciones comerciales con información privilegiada 

Colaboradores y gerentes de LACNIC que dispongan de información relevante, privilegiada y de carácter no público no pueden realizar transacciones en títulos, valores o instrumentos financieros a los que afecte dicha información, ni aconsejar a otros realizarlas, ni transmitir el contenido de la misma salvo en el estricto ejercicio de sus funciones profesionales. 

Conflictos de interés 

Colaboradores, gerentes y miembros del Directorio de LACNIC deben actuar siempre de manera que sus intereses particulares, los de sus familiares u otros terceros no primen sobre los de LACNIC. 

Ante conflictos de interés o situaciones que impliquen dudas al respecto, los colaboradores, gerentes y miembros del Directorio de LACNIC deben: 

  • comunicar inmediatamente y procurar orientación de su superior inmediato o del órgano colectivo al que pertenece, según corresponda actuar en todo momento con lealtad a LACNIC 
  • abstenerse de participar, intervenir o influir en negociaciones, contratos o decisiones que puedan afectar a LACNIC 
  • abstenerse de acceder o divulgar información confidencial que aplique a negociaciones, contratos o decisiones en curso 

Inversiones 

Colaboradores y gerentes de LACNIC no deben invertir en organizaciones públicas o privadas, ya se trate de asociados o proveedores, si dicha inversión afectara su capacidad de tomar decisiones imparciales para con estos últimos. 

Actividades y funciones incompatibles 

Colaboradores y gerentes de LACNIC deben abstenerse de prestar servicios o cumplir funciones, remuneradas o no, en otras organizaciones cuya actividad sea incompatible con el objetivo de LACNIC o implique conflictos de interés, salvo autorización expresa del Directorio o la Dirección Ejecutiva. 

Quedan excluidas todas aquellas actividades de carácter docente. 

Uso del nombre, instalaciones o relaciones de LACNIC 

Colaboradores, gerentes y miembros del Directorio de LACNIC no deben hacer uso del nombre, las instalaciones ni las relaciones de LACNIC para beneficio propio. 

Transacciones comerciales con terceros 

Colaboradores y gerentes de LACNIC deben comunicar al Directorio o a la Dirección Ejecutiva acerca de cualquier transacción o relación comercial que puedan tener con cualquier asociado o proveedor de LACNIC en la que tengan interés o de la que puedan resultar beneficiados, en tanto dicha transacción o relación pueda implicar un conflicto de interés. 

Administración 

La interpretación, aplicación y actualización del Código de Ética y del Código de Conducta de la Comunidad de LACNIC es responsabilidad del Comité de Ética, que tiene la capacidad de atender los casos que trasciendan la esfera de autoridad operativa y que está conformado por: el Director Ejecutivo, un miembro de la Comisión Fiscal, un miembro del Directorio, un miembro de la Comunidad y un miembro del Staff. El miembro del Directorio puede nombrar un miembro en sustitución de un integrante cuando el Comité de Ética lo establezca. Asimismo, el comité podrá delegar los casos que considere apropiados en el Director Ejecutivo, quien en estos casos tendrá competencia de interpretación y aplicación de este Código.

Seguimiento 

Toda sospecha de incumplimiento o violación del presente código, debe ser comunicada a cualquiera de sus miembros o al Comité de Ética a través de la dirección de correo electrónico comite-etica [at] lacnic [.] net, garantizando LACNIC la confidencialidad de la información y de la persona que la presenta, y su respuesta en un plazo de 5 (cinco) días hábiles. 

Los asociados, proveedores, colaboradores, gerentes o miembros del Directorio que reporten sospechas de incumplimiento o violaciones del presente código no serán objeto de represalias ni obtendrán recompensas por comunicar estas situaciones. 

Consecuencias por incumplimiento 

El incumplimiento o la violación del presente código darán lugar a la imposición de medidas disciplinarias, incluso al despido o al cese de la relación laboral, además de poder constituir infracciones a la normativa jurídica vigente y ser objeto de denuncias civiles o penales. 

Vigencia 

El Código de Ética* de LACNIC fue aprobado en la Reunión de Directorio celebrada en Quito, Ecuador, el 6 de mayo de 2012 y entró en vigencia a partir de ese momento. 

Revisado y Aprobado en la Reunión de Directorio celebrada en Montevideo, Uruguay, el 18 de septiembre de 2017 y posteriormente actualizado en la reunión del 20 de agosto de 2019. 

En febrero de 2025 fue actualizado para registrar la ampliación del Comité de Ética a cinco integrantes.

*Originalmente este Código de Ética se denominó “Código de Conducta” y se modificó este nombre por resultar más apropiado.