Elecciones Estatutarias de LACNIC
Las elecciones estatutarias son el mecanismo mediante el cual los asociados de LACNIC eligen a las personas que integrarán los órganos de gobierno y control de la organización.
Estos procesos están previstos y regulados por el Estatuto de LACNIC, que establece las normas institucionales fundamentales para su funcionamiento.
A través de estas elecciones, los asociados participan en la renovación de órganos estatutarios como:
| Órgano | Función principal | Período de mandato | Quiénes pueden: votar, postular apoyar/respaldar |
Cantidad de integrantes |
|---|---|---|---|---|
| Directorio | Dirigen y supervisan la gestión estratégica, institucional y administrativa de LACNIC | 3 años | Asociados de LACNIC | 9 |
| Comisión Fiscal | Supervisan la gestión financiera y la transparencia de la organización | 3 años | Asociados de LACNIC | 3 |
| Comisión Electoral | Velan por el cumplimiento y transparencia de los procesos electorales de LACNIC | 3 años | Asociados de LACNIC | 5 |
Proceso Electoral
Los procesos electorales de LACNIC tienen como objetivo garantizar que las organizaciones asociadas elijan, de forma transparente, legítima y de participación abierta, a las personas que integrarán los órganos electivos estatutarios, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de la organización.
La participación de los asociados constituye un elemento fundamental para el fortalecimiento institucional de LACNIC. A través de su voto y de su involucramiento en las distintas etapas del proceso electoral, contribuyen a la conformación de los órganos estatutarios.
Las elecciones se realizan mediante un sistema que garantiza la seguridad, la accesibilidad y la participación de las organizaciones asociadas. Además, el sistema es de código abierto, permitiendo su auditoría y verificación por cualquier persona interesada.
Previo a cada proceso electoral, LACNIC publicará una convocatoria oficial con información sobre el tipo de elección (Comisión Electoral, Comisión Fiscal o Directorio).
Convocatoria a elecciones
La convocatoria a elecciones es el anuncio oficial mediante el cual LACNIC comunica la apertura de un proceso electoral e invita a las organizaciones asociadas habilitadas a participar tanto en la presentación de candidaturas como en la votación.
A través de la convocatoria se informan las vacantes a cubrir, el período del mandato y demás condiciones aplicables.
Requisitos de postulación
Podrán postularse las personas que cumplan con las siguientes condiciones:
- Ser ciudadanos de alguno de los países o territorios que integran el área de cobertura de LACNIC.
- No es imprescindible que pertenezca a la organización que presenta la candidatura. Se admiten autopostulaciones.
- Cumplir con los requisitos establecidos en el Estatuto.
También deberán considerarse las siguientes limitaciones estatutarias:
- En el Directorio no podrá haber más de dos integrantes que sean ciudadanos de un mismo país.
- En la Comisión Electoral y en la Comisión Fiscal no podrá haber más de un integrante por país.
- No podrá haber más de una persona vinculada por relación laboral o de asesoría con una misma organización o empresa integrando simultáneamente el Directorio.
Las postulaciones podrán ser presentadas por cualquier organización asociada a LACNIC que:
- Se encuentre al día con el pago de su membresía anual.
- Realice la postulación a través del contacto de membresía de su organización registrado en LACNIC, IAR MX o Registro.br, según corresponda.
- Cada organización podrá presentar una única candidatura.
Toda postulación deberá contar con el respaldo de dos organizaciones asociadas adicionales a la organización postulante. El respaldo implica la validación de la información presentada y de la idoneidad del candidato para el cargo al que postula.
Para que los respaldos sean válidos:
- Las organizaciones que brinden su apoyo deberán encontrarse al día con el pago de su membresía anual.
- Cada organización podrá respaldar únicamente a un candidato.
- Los respaldos deberán ser enviados por el contacto de membresía registrado en la base de datos de LACNIC (el respaldo implica la validación de la información presentada y de la idoneidad del candidato para el cargo al que postula).
En total, cada candidatura deberá estar respaldada por tres organizaciones asociadas: una organización postulante y dos organizaciones que la avalen.
Procedimiento de postulación
Las postulaciones deberán presentarse dentro de los plazos establecidos en el calendario electoral.
La persona postulada deberá:
- Completar la información requerida sobre su perfil, trayectoria, antecedentes y motivaciones.
- Aceptar los reglamentos y disposiciones aplicables al proceso electoral.
- Autorizar el tratamiento de los datos personales necesarios para la gestión y validación de la postulación.
- Completar y aprobar las evaluaciones establecidas para el cargo al que postula, obteniendo una calificación igual o superior al 70%.
Cada etapa es obligatoria y requisito para avanzar a la siguiente.
Finalizado el período de postulaciones, la Comisión Electoral verificará el cumplimiento de los requisitos y validará las candidaturas admitidas, que serán publicadas en el sitio web de LACNIC para participar en la etapa de votación.
Recomendaciones para postulantes
- Previamente al realizar la postulación, verificar cumplir con todos los requisitos.
- Gestionar con anticipación los apoyos necesarios.
- Completar toda la documentación requerida dentro de los plazos establecidos.
- Consultar periódicamente el calendario electoral y las comunicaciones oficiales.
Información adicional
Como parte del proceso de postulación, las personas candidatas deberán aceptar el uso, tratamiento y publicación de sus datos personales y de los resultados de las evaluaciones correspondientes, con el objetivo de permitir su revisión y validación por parte de la Comisión Electoral.
Una vez finalizado el proceso de validación, las candidaturas admitidas serán publicadas en el sitio web de LACNIC para conocimiento de la comunidad.
Modalidad de votación
Las elecciones de LACNIC se realizan de forma electrónica mediante una plataforma especialmente diseñada para garantizar la seguridad, transparencia, accesibilidad y la participación de las organizaciones asociadas. El sistema de votación es de código abierto, lo que permite su auditoría y verificación independiente.
Podrán votar las organizaciones asociadas que se encuentren al día con el pago de su membresía al momento del cierre del padrón electoral.
Cada organización dispone de un representante institucional (contacto de membresía), responsable de emitir el voto y recibir las comunicaciones correspondientes al proceso electoral.
La notificación para participar en la votación será enviada a través del portal MiLACNIC. En el caso de las organizaciones de Brasil, la notificación será enviada por correo electrónico.
La cantidad de votos asignados a cada organización asociada varía entre 1 y 11 votos, de acuerdo con su categoría de membresía, determinada en función del espacio de direcciones asignado.
Reglamentos para cargos de órganos electivos estatutarios
Las elecciones estatutarias se rigen por el estatuto de la organización, complementado por reglamentos cuyo objetivo es precisar y ordenar los procedimientos, facilitando su aplicación y garantizando un proceso claro, transparente y legítimo.
El presente documento y/o información ha sido redactado en idioma español, en virtud de que el mismo es el idioma oficial en Uruguay, país en donde LACNIC se encuentra establecida y cuyas regulaciones debe cumplir. Asimismo, los documentos y/o informaciones no oficiales también son escritos en español, en virtud de que es el idioma en que se comunican y trabajan la mayoría de los asesores y funcionarios de LACNIC. No obstante lo cual, realizamos nuestros mejores esfuerzos para que la traducción del mismo sea fehaciente y constituya una guía para nuestros asociados no hispanoparlantes, sin embargo puede que existan discrepancias entre la misma y el documento y/o información original redactado en español. En cualquier caso prevalecerá siempre el texto original redactado en español.
- Reglamento de Incompatibilidades y Capacidades
- Reglamento de Conflicto de Interés Electorales
- Reglamento de Competencias e Idoneidades
- Reglamento Disciplinario para Órganos Electivos de LACNIC
Consultas
Para realizar consultas o solicitar información adicional sobre el proceso electoral, puede comunicarse mediante el siguiente mail: elecciones@lacnic.net
También es posible agendar una reunión para aclarar dudas relacionadas con la convocatoria, los requisitos de postulación o la participación en las elecciones: agende aquí una reunión.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
Podrán postularse las personas ciudadanas de los países o territorios comprendidos en la región de cobertura de LACNIC que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento de Competencias e Idoneidad de Candidatos. La verificación de dichos requisitos corresponde a la Comisión Electoral.
Tienen derecho a voto los asociados activos categoría “A” y los asociados fundadores de LACNIC, de acuerdo con las disposiciones estatutarias vigentes.
La Comisión Electoral es responsable de supervisar y certificar los procesos electorales, incluyendo el escrutinio de votos, la determinación de los resultados y la proclamación de los candidatos electos. En caso de empate, la comisión electoral resolverá la situación conforme a la normativa y los procedimientos aplicables.
Cuando existe una única candidatura para un cargo estatutario, esta se somete a votación junto con la opción de abstención, de acuerdo con las reglas electorales vigentes.
Glosario de Términos
Persona designada por cada organización asociada para actuar como enlace oficial con LACNIC en asuntos administrativos, institucionales y electorales.
Derechos
- Representar a la organización en los procesos electorales, incluyendo la emisión de votos y la presentación o gestión de postulaciones, cuando corresponda.
- Recibir las comunicaciones oficiales vinculadas a la membresía y a los procesos institucionales de LACNIC.
Responsabilidades
- Actuar como punto de contacto oficial para todas las comunicaciones relacionadas con la membresía.
- Asegurar que las acciones realizadas en la plataforma MILACNIC (votaciones, postulaciones u otras gestiones) se ajusten a la normativa vigente.
- Mantener actualizada la información de contacto de la organización ante LACNIC.
- Velar porque la organización esté debidamente informada sobre los procesos electorales y administrativos.Postulante o aspirante: Persona que presenta su candidatura para integrar un órgano estatutario o una comunidad de LACNIC y cuya postulación se encuentra en proceso de evaluación.
Persona cuya postulación ha sido validada por la Comisión Electoral y que integra la lista oficial de candidaturas sometidas a votación por los asociados de LACNIC.
Persona electa que asume y ejerce el cargo para el cual fue elegida.
Listado de organizaciones habilitadas para participar en una elección, ya sea mediante la emisión de su voto o la presentación de postulaciones. El padrón electoral está integrado por entidades asociadas y no por personas individuales.