LACNIC - Acuerdo de Creación LACNIC Registro Regional de Direcciones IP Latinoamericano y Caribeño

Santiago de Chile, 22 de agosto de 1999

Introducción

El Registro de Direcciones de Internet para América Latina y Caribe (LACNIC), es la organización que administra el espacio de direcciones IP, Números de Sistemas Autónomos (ASN), resolución inversa y otros recursos para la región de América Latina y el Caribe (LAC) en nombre de la comunidad Internet.

Objetivos

  1. Proveer servicios de registro de direcciones IP, ASN, resolución inversa y sus recursos asociados, con el propósito de permitir y facilitar las comunicaciones a través de redes informáticas.
  2. Representar y promover los puntos de vista e intereses de la región ante organismos internacionales, en el área de su competencia.
  3. Colaborar en el crecimiento de Internet en Latinoamérica y el Caribe.
  4. Asistir a la comunidad latinoamericana y caribeña en el desarrollo de procedimientos, mecanismos y estándares para la asignación eficiente de recursos de Internet.
  5. Promover oportunidades educacionales a sus miembros en áreas técnicas y políticas de su competencia.
  6. Proponer y desarrollar las políticas públicas en el área de su competencia.

LACNIC tendrá los siguientes lineamientos:

  • Ofrecer un servicio de alta calidad, con estándares de neutralidad e imparcialidad.
  • Funcionar como organización no lucrativa con un directorio elegido por los miembros.
  • Establecer mecanismos para que el proceso de definición de sus políticas involucre una amplia participación de sus miembros: académicos, comerciales, ONGs y otras entidades involucradas con Internet.
  • Definir mecanismos para prevenir que algún miembro, grupo de miembros o terceros, estén en posición de tomar el control de los asuntos relacionados con LACNIC.

Membresía

Un miembro de LACNIC debe cumplir al menos una de las siguientes condiciones:

  • Entidades ubicadas geográficamente en LAC y que posean al menos un bloque CIDR /21 de números IP, del espacio de direcciones administrado por LACNIC.
  • Entidades ubicadas geográficamente en LAC y que posean al menos un bloque CIDR /21 de números IP, del espacio de direcciones no administrado por LACNIC.
  • Organizaciones establecidas en LAC o cuyas actividades son desarrolladas primariamente en LAC, cuyos miembros son principalmente ISPs.
  • Organizaciones establecidas en LAC o cuyas actividades son desarrolladas primariamente en LAC, cuyos miembros son principalmente ISPs.

Votación:

Los miembros que califican por el punto 1, pueden votar de acuerdo al tamaño del espacio de direcciones que administran, de acuerdo a la siguiente tabla de longitud de prefijos:

  • Los miembros que tengan /19 o menor, tienen 1 voto
  • Los miembros que tengan entre /18 y /16, tienen 2 votos.
  • Los miembros que tengan entre /15 y /14, tienen 3 votos.
  • Los miembros que tengan /13 o mayor, tienen 4 votos.

Los miembros que califican por el punto 2, no tienen derecho a voto.

Los miembros que califican por los puntos 3 y 4, tienen un voto.

Directorio Interino

Se ha establecido un Directorio Interino. Incluye un representante de cada una de las siguientes instituciones: AHCIET, CABASE, CGIBR, ECOMLAC, ENRED, NIC-Mx, cada uno de ellos con un voto. En el caso de paridad, ENRED tiene doble votos. Este Directorio Interino tendrá vigencia hasta la fecha en que sesione la asamblea fundacional.

Las metas del Directorio Interino son:

  • Preparar un borrador de estatuto para ser presentado a la asamblea fundacional.
  • Preparar e implementar un plan de negocios inicial.
  • Diseñar un plan de negocios para LACNIC, para ser presentado a la asamblea fundacional.
  • Obtener fondos para el financiamiento de la etapa inicial.
  • Negociar con ICANN para convertirse en RIR aprobado para la región de LAC.
  • Designar a los representantes interinos de LACNIC en el Address Council del ASO.
  • Interactuar con otros organismos afines.
  • Organizar e iniciar la operación provisoria a través del Comité Técnico.
  • Promover la integración de miembros al LACNIC.
  • Publicar las actividades de LACNIC y recibir propuestas de los interesados, a través de Internet y de reuniones abiertas.
  • Crear los grupos de trabajo necesarios para el establecimiento y desarrollo de LACNIC.
  • Convocar a la asamblea fundacional que deberá realizarse a más tardar en abril de 2000.

Comité Técnico

El CT es un órgano dependiente del Directorio Interino y está a cargo de desarrollar políticas y procedimientos, para ser usados en la registración y distribución de direcciones IP, Números de Sistemas Autónomos y resolución inversa. Estará a cargo de la organización y supervisión de la operación provisoria. Está constituido por un representante de cada uno de las instituciones que conforman el Directorio Interino, con la presidencia y el voto decisorio para CGIBR.

Operación

Para el inicio de la operación provisoria de LACNIC el Comité Técnico organizará y supervisará las siguientes acciones:

  • Se realizará un convenio con CGIBR y NIC-Mx para llevar adelante la operación.
  • Se presentará a ARIN una propuesta de cooperación para una mudanza de operaciones paso a paso y para el desarrollo de las políticas.

Grupos de Trabajo

LACNIC organizará grupos de trabajo supervisados por el Directorio Interino. Los grupos de trabajo iniciales serán:

  • Comité de Estatuto: para desarrollar y proponer al DI el borrador de estatuto a presentar a la asamblea fundacional
  • Comité de Financiamiento: para desarrollar y proponer al DI un plan de negocios tanto para la etapa inicial, como para el funcionamiento regular de LACNIC.
  • Comité de Auditoria: para desarrollar y proponer al DI un plan para auditar y verificar que los registros delegados cumplan con las políticas y procedimientos establecidos por LACNIC.

Pautas de Políticas y Procedimientos

Las políticas y los procedimientos se basarán en las RFCs relacionadas con la administración de IP, números de sistemas autónomos y resolución inversa. Dicho desarrollo será abierto y transparente para asegurar la imparcialidad y justicia en las políticas y procedimientos.

Sede

En esta etapa la sede provisoria estará en Brasil.

Financiamiento Inicial

Las organizaciones representadas en el DI proveerán los fondos para la operación inicial. El CGIBR y NIC-Mx facilitaran la infraestructura técnica necesaria.

  • AHCIET - Asociación Hispanoamericana de Centros de Investigación y Empresas de Telecomunicaciones
  • CABASE - Cámara Argentina de Bases de Datos y Servicios en Línea
  • CGIBR - Comité Gestor Internet de Brasil
  • ECOMLAC - Federación Latinoamericana y Caribeña para Internet y el Comercio Electrónico
  • ENRED - Foro de Redes de América Latina y el Caribe
  • NIC-Mx - NIC México
CHK_LACNIC