Transferencia por adquisición, fusión o cambio de nombre

Se trata de aquellas organizaciones miembro de LACNIC que desean transferir sus recursos numéricos de Internet a otra, ya sea por la compra/venta de la compañía, fusión entre dos o más compañías o simplemente por cambio de nombre. En este caso se aplicará el punto 2.3.2.17 del manual de políticas.

Complete el formulario correspondiente, proporcionando información relevante a los efectos de la transferencia tal como los recursos a ser transferidos, la organización receptora y el motivo de la transferencia. 

Solo el userID del contacto administrativo de la organización oferente está autorizado a completar el formulario de solicitud de transferencia.

Además se solicitará la siguiente información:

  • Una copia del documento legal que respalde la transferencia de activos.
  • Un inventario detallado de todos los activos utilizados por el solicitante con el cual mantendrá en uso el espacio de direcciones IPv4.
  • Una lista de los clientes y el plan de numeración a ser utilizado con los rangos a ser transferidos , justificando así la necesidad.

De acuerdo al acta de Directorio aprobada el 24 de mayo 2026, las transferencias por adquisición o fusión realizadas bajo este punto serán objeto de una cuota administrativa que ha sido fijada según el tamaño de bloque a ser transferido, de acuerdo a la siguiente clasificación:

  • Bloque mayor o igual a /24 y menor a /19
    Cuota administrativa: 1.000 USD
  • Bloque mayor o igual a /19
    Cuota administrativa: 1.500 USD

Las cuotas se ajustan anualmente en función de la inflación* acumulada en los últimos 12 meses al 30 de septiembre. El ajuste es comunicado por LACNIC durante el mes de octubre y entra en vigor el 1 de enero del año siguiente. 

*Inflación (Consumer Price Index - CPI) en EEUU, publicada por el Bureau of Labor Statistics (BLS)

A su vez, deberán tenerse en cuenta las siguientes situaciones:

  • Si la organización receptora es miembro de LACNIC y cambia de categoría, se emitirá una factura complementaria por la diferencia de la nueva categoría por la cantidad de meses restantes hasta su fecha de renovación.
  • La organización oferente deberá estar al día con sus obligaciones contractuales con LACNIC.
  • Si se trata de una organización receptora que no ha recibido previamente recursos asignados por LACNIC se deberá firmar un acuerdo de servicio con LACNIC.

Cualquier proceso de transferencia o devolución de recursos asignados, ya sea total o parcial, deberá solicitarse al menos 30 días antes del vencimiento de la factura de renovación correspondiente. La solicitud debe realizarse a través del siguiente formulario.

Si el asociado no cumple con este requisito y el proceso de transferencia o devolución se extiende más allá del vencimiento, será necesario abonar el total de la factura de renovación para poder concluir el proceso.